El Programa de Celiaquía del Ipross brinda cobertura para el diagnóstico, la confirmación, el seguimiento y la detección de enfermedades intercurrentes en afiliadas y afiliados con sospecha o diagnóstico de enfermedad celíaca.
Las prestaciones se otorgan de acuerdo con el protocolo de pesquisa y diagnóstico, los criterios de seguimiento y la normativa vigente.
Pueden acceder las afiliadas y los afiliados que presenten síntomas compatibles con enfermedad celíaca y requieran iniciar el proceso de diagnóstico.
Una vez confirmado el diagnóstico, podrán empadronarse en el Registro de Celíacos de la delegación correspondiente para acceder a las prestaciones del programa.
Requisitos
Para acceder a los beneficios del programa es necesario:
Módulo de diagnóstico
¿Cómo acceder?
El afiliado deberá presentar en la auditoría médica de su delegación:
Historia clínica con:
La auditoría médica entregará:
La Planilla Celiared deberá ser completada por el médico tratante y presentada junto con los resultados de laboratorio.
Si continúa la sospecha de enfermedad celíaca, el auditor médico autorizará la cobertura del módulo de diagnóstico.
Prestaciones
Cobertura
80% a cargo del Ipross y 20% de coseguro a cargo del afiliado.
Diagnóstico bajo anestesia general
Este módulo podrá autorizarse:
Prestación
Confirmación y seguimiento
Confirmación
Una vez confirmado el diagnóstico, el afiliado podrá incorporarse al Registro de Celíacos de la delegación correspondiente.
Documentación
Seguimiento
Prestaciones
Primer año
Segundo año y siguientes
El médico tratante podrá solicitar un segundo laboratorio anual cuando esté debidamente justificado, sujeto a autorización del auditor médico.
Enfermedades intercurrentes
Cada cinco años el programa contempla la cobertura para la búsqueda de enfermedades intercurrentes reconocidas por el Ministerio de Salud.
Si existe sospecha antes de ese período, el auditor médico podrá solicitar autorización excepcional a la Dirección de Auditoría Médica.
Cobertura
Pesquisa familiar
Cuando un afiliado tenga diagnóstico confirmado e integre el Registro de Celíacos, el médico tratante podrá solicitar la pesquisa para familiares afiliados.
Cobertura
Descarga de formularios
Completar la planilla de Celiared por el médico tratante y presentar junto a los resultados de laboratorio. Ante la continuidad de sospecha de la enfermedad, el auditor médico de la Delegación autorizará la cobertura del módulo de diagnóstico.
Prestaciones:
Cobertura:
La cobertura será del 80% a cargo de Ipross y del 20% de coseguro a cargo del afiliado.
El Módulo de Diagnóstico bajo anestesia general será reconocido y autorizado por el auditor médico de la Delegación del Ipross en niños hasta 14 años. Podrán incluirse en el presente módulo, con auditoría médica previa, a los afiliados de distintas edades a quienes el especialista gastroenterólogo justifique la imposibilidad de realizar la toma de biopsia sin anestesia general.
Prestación:
Confirmación
Con diagnóstico afirmativo, el afiliado podrá empadronarse en el Registro de enfermos celíacos asentado en cada Delegación.
Documentación a presentar:
Seguimiento
Prestaciones:
El médico tratante, con historia clínica debidamente justificada, podrá solicitar 2 laboratorios de seguimiento por año, a autorizar por el médico auditor de la Delegación.
Cada 5 años se cubrirá la búsqueda de enfermedades intercurrentes reconocidas por el Ministerio de Salud, presentando historia clínica y solicitud de estudios. En el caso de sospecha de enfermedad intercurrente antes del período de 5 años, el médico auditor de la Delegación deberá elevar informe del caso, solicitando autorización a la dirección de auditoría médica.
Cobertura:
La cobertura es del 100% a cargo de Ipross.
El auditor médico de la Delegación autorizará la pesquisa familiar a requerimiento del médico tratante, a los familiares de afiliados con diagnóstico de celiaquía confirmado e incluido en el Registro de Enfermos Celíacos, otorgando la siguiente cobertura:
Consulta Médica
