La cobertura de los afiliados y afiliadas con síntomas se realizarán contemplando el protocolo de pesquisa y diagnóstico de la enfermedad, los criterios de seguimiento y detección de enfermedades intercurrentes.
Para acceder al Módulo de Diagnóstico, el afiliado deberá presentar la siguiente documentación a la auditoría médica de la Delegación de la Zona.
Historia Clínica que detalle:
- Edad en que comenzaron los signos de celiaquía
- Síntomas de sospecha
- Evolución clínica
- Tratamientos instaurados y respuesta a los mismos.
La auditoría médica de la Delegación de la zona entregará:
1. Planilla de Celiared
2. Autorización de Laboratorio Específico
3. Autorización de Laboratorio Inespecífico
Completar la planilla de Celiared por el médico tratante y presentar junto a los resultados de laboratorio. Ante la continuidad de sospecha de la enfermedad, el auditor médico de la Delegación autorizará la cobertura del módulo de diagnóstico.
Prestaciones:
- 1 Consulta médica por especialista de gastroenterología.
- 1 Autorización para videoendoscopía digestiva alta con toma de biopsia para diagnóstico de certeza de enfermedad celíaca.
- 1 autorización anatomía patológica.
Cobertura:
La cobertura será del 80% a cargo de IPROSS y del 20% de coseguro a cargo del afiliado.
El Módulo de Diagnóstico bajo anestesia general será reconocido y autorizado por el auditor médico de la Delegación del IPROSS en niños hasta 14 años. Podrán incluirse en el presente módulo, con auditoría médica previa, a los afiliados de distintas edades a quienes el especialista gastroenterólogo justifique la imposibilidad de realizar la toma de biopsia sin anestesia general.
Prestación:
1 Autorización para Anestesia General
Confirmación
Con diagnóstico afirmativo, el afiliado podrá empadronarse en el Registro de enfermos celíacos asentado en cada Delegación.
Documentación a presentar:
- Planilla Celiared completa por el médico tratante.
-Anatomía patológica que confirma el diagnóstico.
Seguimiento
Prestaciones:
- 3 consultas médicas y 6 consultas nutricionistas, el primer año.
- 1 consulta médica y 1 consulta nutricionista, el segundo año y siguientes.
- 1 autorización de laboratorio de seguimiento por año.
El médico tratante, con historia clínica debidamente justificada, podrá solicitar 2 laboratorios de seguimiento por año, a autorizar por el médico auditor de la Delegación.
Cada 5 años se cubrirá la búsqueda de enfermedades intercurrentes reconocidas por el Ministerio de Salud, presentando historia clínica y solicitud de estudios. En el caso de sospecha de enfermedad intercurrente antes del período de 5 años, el médico auditor de la Delegación deberá elevar informe del caso, solicitando autorización a la dirección de auditoría médica.
Cobertura:
La cobertura es del 100% a cargo de IPROSS.
El auditor médico de la Delegación autorizará la pesquisa familiar a requerimiento del médico tratante, a los familiares de afiliados con diagnóstico de celiaquía confirmado e incluido en el Registro de Enfermos Celíacos, otorgando la siguiente cobertura:
Consulta Médica.
1 Autorización de Laboratorio de Pesquisa.