IPROSS estableció un protocolo de atención para la detección y procedimiento, facilitando el acceso a la red de contención en el ámbito judicial, mediante el incentivo para la realización de la denuncia, como en el ámbito sanitario.
La violencia contra la mujer refiere a todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual, psicológico y/o económico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la privada.
En los consultorios de IPROSS en Viedma y General Conesa, las consultas pueden ser de médicos clínicos, ginecólogos o psicólogos y no requiere la presentación de la denuncia por la ley 3.040.
Si la atención es dentro de la red prestacional de IPROSS es necesario presentar la denuncia por la Ley 3.040.
Para las prácticas de psicología no se cobrará coseguro y se podrán realizar hasta 2 sesiones de psicoterapia por semana, con reintegro al 100% a los valores del Nomenclador IPROSS, en los prestadores de salud mental de la Obra Social.
En las prácticas de psiquiatría, el procedimiento será el mismo, reconociendo hasta 2 sesiones por mes.
En los casos de atención clínica y ginecológica se devolverá, mediante reintegro, el valor del coseguro.