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Solicitud

Pedí tu derivación

Accedé a una atención complementaria a tu diagnóstico y/o tratamiento cuando no es posible brindarlo en tu localidad de residencia.

Requisitos para solicitar una derivación

Para gestionar una derivación en una Delegación Ipross, presentá la siguiente documentación:

Descargar formulario de derivación

¿Cómo acceder a la derivación?

Una vez presentada la documentación, el procedimiento es el siguiente:

  1. La Delegación verificará que estés activo nuestro padrón.
  2. Se cargará la solicitud en el sistema de derivaciones.
  3. El médico auditor evaluará la solicitud y podrá autorizarla o denegarla.
  4. Si la solicitud es aprobada, la Delegación te entregará el formulario.
  5. El médico o centro prestador de destino firmará el formulario, dejando constancia de la atención recibida.
  6. Deberás presentar el formulario en la Delegación para finalizar el trámite y, en caso de corresponder, solicitar el reintegro.

Condiciones para solicitar una derivación

  • El médico solicitante debe ser prestador de la obra social y contar con una especialidad afín a la prestación requerida.
  • El centro prestador será asignado por Ipross, según la red prestacional disponible.
  • Para acceder al reintegro, la derivación debe contar con autorización previa.
  • Sólo se reconocerán reintegros para derivaciones a centros ubicados a más de 60 km de la localidad de origen.

Gestión de turnos para derivaciones

  • Derivaciones extraprovinviales (fuera de Río Negro): los turnos se gestionan en la Sede Central de Ipross.
  • Derivaciones intraprovinciales (dentro de Río Negro): los turnos se gestionan nuestras Delegaciones.
Acompañante del afiliado derivado

El acompañante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años y contar con las condiciones psicofísicas adecuadas para el acompañamiento.
  • Los gastos de acompañante serán reconocidos en los siguientes casos:
  • El afiliado derivado es menor de 21 años.
  • Posee Certificado Único de Discapacidad (CUD).
  • La derivación implica intervención quirúrgica y/o internación clínica.
  • Se requiere asistencia por uso de medios mecánicos para la movilidad.
  • En el caso de menores de 15 años con diagnóstico quirúrgico y/o internación clínica, ambos padres podrán ser acompañantes, sujeto a evaluación.
Reconocimiento de hospedaje
  • Se reconocerá únicamente el hospedaje en el lugar de destino de la derivación.
  • Para tratamientos prolongados, justificados mediante historia clínica y auditoría, se podrá reconocer hasta un año de alojamiento ininterrumpido.
  • Después del año, el lugar de tratamiento se considerará como residencia, perdiendo el derecho al reconocimiento de gastos sociales.
Medios de traslado reconocidos

Ómnibus

  • Se emitirá una orden de pasaje, o bien se reconocerá un reintegro del 80% si no se ha gestionado la orden previamente.

Automóvil

  • Se reconocerá el equivalente a un pasaje de ómnibus ida y vuelta.

Deberás presentar:

  • Tarjeta verde del automóvil.
  • Seguro automotor vigente.
  • Verificación técnica vehicular.

Avión

  • Se autorizará únicamente si la patología lo justifica médicamente.
  • La autorización se gestiona desde la Sede Central de Ipross.
  • Se reconocerá por reintegro, excepto si el afiliado presenta condiciones socioeconómicas que impidan el pago.

Ambulancia y Vuelo Sanitario

  • Se reconocerá únicamente en casos de urgencia y/o emergencia que impliquen riesgo de vida.
  • La solicitud debe contar con indicación médica en carácter de declaración jurada.
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