De este modo, el usuario podrá iniciar su trámite de manera ordinaria o preferencial, abonando las correspondientes tasas y sellados, conforme lo establecido en la Disposición Administrativa 12/2020 DGRPI.
Cabe aclarar que aquellos que ingresaron con anterioridad a esta fecha no podrán ser mutados a preferencial y continuarán su curso como estaba previsto hasta el momento.
Este avance en el servicio registral se produce gracias a que el organismo ha logrado reunir las condiciones laborales adecuadas para su correspondiente trabajo y tramitación.
La recepción de estos trámites había sido suspendida mediante Disposición Administrativa N° 02 D.G.R.P.I., del 17 de marzo de 2020, en razón de la pandemia identificada como “Nuevo Coronavirus” COVID-19.