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Río Negro celebra la aprobación de la Ley que establece el Cupo Laboral Trans

La Ley apunta a su inclusión en el mercado laboral formal y el reconocimiento pleno de todos sus derechos laborales. Fue aprobado ayer por la Legislatura Provincial.

Fecha: 25 de septiembre de 2018
En diciembre de 2016, el Gobierno de Río Negro determinó incluir en su agenda de políticas públicas la Diversidad Sexual, trabajando por garantizar los derechos de la población LGBTCrédito: Gobierno de Río Negro

El Ministerio de Desarrollo Social, a través del Consejo Provincial de la Mujer, celebra la aprobación del proyecto de Ley que establece el Cupo Laboral garantizando, a partir de ahora, para que las personas trans accedan al empleo formal en el ámbito del Estado Rionegrino.

En diciembre de 2016, el Gobierno de Río Negro determinó incluir en su agenda de políticas públicas la Diversidad Sexual, trabajando por garantizar los derechos de la población LGBT y asistiendo a quienes se encontraban en situación de vulnerabilidad social.

En ese mismo mes, se incorporó al primer varón trans a la administración pública provincial, sentando un precedente para la futura aplicación de Ley.

"El acceso laboral para el colectivo trans, no sólo representa una reparación histórica, sino que también es una medida de singular importancia para afianzar los principios de igualdad, solidaridad, respeto y justicia social", destacó la presidente del Consejo, Laura Azanza.

La funcionaria provincial, remarcó que el proyecto "tiene la riqueza de haber sido construido con el aporte del colectivo de la diversidad de la provincia y es el resultado de su incansable militancia y lucha permanente por que sus inquietudes y necesidades sean consideradas en la construcción de las políticas del Estado".

La Ley de promoción del empleo formal para personas trans en los ámbitos públicos fue aprobada este lunes, por mayoría en la Legislatura de Río Negro, y establece que se deberá incorporar un porcentaje del cupo laboral para las personas travestis, transexuales y transgéneros mayores de 16 años de edad que hayan o no accedido al beneficio de rectificación registral dispuesto por la ley nacional y que reúnan las condiciones para el cargo a ocupar.

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